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Aceiteros marca el rumbo de lo que debe ganar un trabajador : $ 1.562.000

PANORAMA GREMIAL junto a los trabajadores.

Aceiteros cierran paritaria con un aumento del 26% y salario básico que supera el millón y medio de pesos
Tras arduas negociaciones los representantes gremiales y las cámaras empresarias acordaron el incremento que, sumando a los acuerdos firmados en enero y abril pasados, suman un 122% en 2024. El básico será de $1.562.655.

Los aceiteros volvieron a dar la nota. En momentos en los que el Gobierno endurece el corset paritario y amaga con congelar los salarios, sellaron un aumento adicional del 26%. Elevaron el inicial del sector a los $ 1.562.655 y suman incrementos por el 122% en el 2024.
En el cierre del miércoles, los paritarios de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA) de manera conjunta con los paritarios del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) alcanzaron un acuerdo con los representantes patronales de las cámaras CIARA, CIAVEC y CARBIO.

El entendimiento de partes llevó el salario básico inicial de la actividad -categoría peón- a $ 1.562.655 para las y los obreros y empleados aceiteros de ambos convenios colectivos.

En momentos en los que el Gobierno aprieta un corset salarial del 2% mensual e incluso amaga con un congelamiento de haberes, el de los aceiteros en términos porcentuales significa un aumento adicional del 26%, que sumado al 76,25% de los acuerdos firmados en enero y abril pasado, comprende un aumento del 122% por el periodo de 2024.

«Asimismo, en el mes de diciembre de 2024 como siempre se volverán a reunir las partes para discutir el Convenio anual y volveremos a luchar por el Salario Mínimo Vital y Móvil», explicaron  Pozzi, Succi y Yofra.

El comunicado emitido por los gremios, remarca que «el reclamo de nuestras organizaciones se fundamentó en el derecho a un Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional y Artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores en su jornada legal de trabajo la satisfacción de las 9 necesidades allí contempladas: alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión».